Ayudas 2026 para realizar el IEEV.CV en la Comunitat Valenciana: requisitos, cuantías y cómo solicitarlas

Ayudas 2026 para realizar el IEEV.CV en la Comunitat Valenciana: requisitos, cuantías y cómo solicitarlas

La Generalitat Valenciana ha convocado las ayudas 2026 destinadas a financiar la realización del Informe de Evaluación del Edificio de uso residencial de Vivienda (IEEV.CV).

Estas ayudas están dirigidas a propietarios y comunidades de propietarios que necesiten realizar este informe y cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Desde ITE Valencia, te explicamos quién puede solicitar estas ayudas, qué importe se puede obtener, qué documentación es necesaria y cuáles son los pasos para solicitarla.

¿Qué es el IEEV.CV?

El Informe de Evaluación del Edificio de uso Residencial de Vivienda (IEEV.CV) es un documento técnico que permite conocer el estado de conservación de un edificio, así como determinadas condiciones relacionadas con su accesibilidad y eficiencia energética.

La convocatoria de 2026 contempla ayudas destinadas a cubrir parte de los honorarios profesionales derivados de la realización del IEEV.CV.

Además, la convocatoria permite incluir, de forma opcional, un anexo específico sobre las condiciones de seguridad en caso de incendio.

¿Quién puede solicitar las ayudas?

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas:

  • Personas físicas, propietarias de viviendas.
  • Comunidades de propietarios.
  • Agrupaciones de comunidades de propietarios que cumplan las condiciones establecidas en la convocatoria.

Uno de los requisitos fundamentales es que el IEEV.CV esté inscrito en el Registro Autonómico correspondiente y que su inscripción se haya realizado después del 17 de noviembre de 2025.

Por tanto, no todos los informes realizados anteriormente pueden acogerse automáticamente a esta convocatoria.

¿Cuánto dinero se puede recibir?

La cuantía de la ayuda depende principalmente del número de viviendas del edificio.

El porcentaje máximo subvencionable establecido en la convocatoria es:

Número de viviendas Porcentaje máximo
1 vivienda 90 %
2-3 viviendas 80 %
4-7 viviendas 70 %
8-11 viviendas 60 %
12-40 viviendas 50 %
Más de 40 viviendas 40 %

Estos porcentajes se aplican sobre el importe protegido que establece la convocatoria, por lo que no significa necesariamente que se subvencione ese porcentaje de cualquier factura.

¿Cómo se calcula el importe subvencionable?

La convocatoria establece un coste máximo protegido que se calcula teniendo en cuenta:

  • El número de viviendas.
  • La superficie construida de otros usos compatibles.
  • El importe de los honorarios profesionales facturados, sin IVA.

Para determinar la cantidad protegida se toma como referencia el menor importe entre el coste facturado del IEEV.CV, sin IVA, y el coste de referencia establecido en la propia convocatoria.

Por este motivo, la cantidad final que puede recibir cada edificio dependerá de sus características y del coste de realización del informe.

Ayudas adicionales para el estudio de seguridad contra incendios

La convocatoria también contempla la posibilidad de incluir un anexo sobre las condiciones de seguridad en caso de incendio.

Este complemento puede alcanzar:

  • Hasta 150 € para edificios de 1 a 5 viviendas.
  • Hasta 200 € para edificios de 6 a 10 viviendas.
  • Hasta 250 € para edificios de 11 a 20 viviendas.
  • Hasta 350 € para edificios de 21 a 40 viviendas.
  • Hasta 500 € para edificios de más de 40 viviendas.

Este anexo debe estudiar aspectos como la evacuación, la propagación del fuego, los sistemas de protección y las posibles medidas de mejora técnicamente viables.

¿Hay algún caso con un porcentaje de ayuda mayor?

Sí. Los edificios situados en un espacio urbano sensible cuentan con una consideración específica.

En estos casos, el porcentaje máximo puede alcanzar:

  • 90 % para edificios de una vivienda.
  • 80 % para edificios con más de una vivienda.

La aplicación de estas condiciones dependerá de que el inmueble cumpla los requisitos correspondientes.

¿Qué documentación hay que presentar?

Para solicitar la ayuda será necesario aportar la documentación indicada en la convocatoria.

Entre los documentos principales se encuentran:

  • Factura correspondiente a la realización del IEEV.CV, a nombre de la persona o entidad solicitante.
  • Justificante del pago de la factura mediante transferencia bancaria.
  • Documentación acreditativa de la representación, cuando corresponda.
  • En el caso de comunidades de propietarios, documentación que acredite su representación.
  • Documentación adicional en determinados edificios plurifamiliares.
  • En caso de solicitar el complemento por seguridad contra incendios, la documentación correspondiente y el justificante de pago.
  • Documentación catastral o registral cuando existan discrepancias.
  • Documentación bancaria necesaria para efectuar el pago de la subvención.

La convocatoria también contempla las autorizaciones necesarias para que la Administración pueda realizar determinadas comprobaciones de identidad y de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

¿Cuándo se pueden solicitar?

El plazo de presentación es de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOGV.

La resolución fue publicada el 5 de octubre de 2026, por lo que el plazo comienza al día siguiente de su publicación.

Es importante no esperar hasta el último momento, ya que la convocatoria establece un sistema de concesión basado en el orden cronológico de presentación de las solicitudes que estén correctamente cumplimentadas y completas.

Si una solicitud necesita ser corregida, se tendrá en cuenta la fecha y hora en la que quede correctamente completada.

¿Es necesario que el IEEV.CV esté validado antes de solicitar la ayuda?

No necesariamente.

La convocatoria establece que el IEEV.CV debe estar inscrito en el registro correspondiente, pero su validación no tiene que haberse producido necesariamente en el momento de presentar la solicitud.

La Administración comprobará posteriormente que el informe cumple las condiciones exigidas.

¿Se puede combinar esta ayuda con otras subvenciones?

No. La convocatoria establece que estas ayudas no son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos destinados a la misma finalidad.

Por ello, antes de solicitarla es importante comprobar si el mismo gasto está siendo financiado mediante otra ayuda pública.

¿Cómo se solicita?

La solicitud puede realizarse por vía presencial o electrónica dependiendo del tipo de solicitante.

En el caso de las comunidades de propietarios, la presentación debe realizarse por medios electrónicos.

La convocatoria establece el procedimiento correspondiente en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.

¿Por qué es importante contar con un técnico especializado?

La realización del IEEV.CV requiere un análisis técnico del edificio y la elaboración de la documentación correspondiente.

Además de estudiar el estado de conservación, el técnico puede identificar posibles patologías, deficiencias o necesidades de intervención que permitan a la propiedad anticiparse a futuras obras de rehabilitación.

Contar con un equipo especializado también permite gestionar correctamente la documentación necesaria para la solicitud de la ayuda y comprobar previamente si el edificio cumple las condiciones de la convocatoria.

IEEV Valencia: te ayudamos a comprobar si tu edificio puede acogerse a las ayudas

En ITE Valencia contamos con experiencia en la realización de informes de evaluación de edificios y en la gestión de expedientes relacionados con rehabilitación y ayudas públicas.

Nuestro equipo puede ayudarte a:

  • Realizar el IEEV.CV de tu edificio.
  • Analizar su estado de conservación.
  • Identificar posibles patologías y necesidades de intervención.
  • Preparar la documentación necesaria.
  • Comprobar los requisitos de la convocatoria.
  • Gestionar la documentación relacionada con la solicitud de la ayuda.

La concesión de la subvención está condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria y a la disponibilidad presupuestaria.

¿Tu edificio necesita un IEEV.CV?

Si eres propietario o formas parte de una comunidad de propietarios y necesitas realizar el informe, consulta tu caso con nuestro equipo antes de iniciar el procedimiento.

Te ayudaremos a comprobar si tu edificio puede acogerse a las ayudas de 2026 y qué documentación necesitas para solicitarla correctamente.